Alta de vivienda con fines turístico

Andalucía, un destino ideal… también para alquilar

Andalucía no solo es conocida por su acento, sino también por su rica historia, extensas playas y valioso patrimonio monumental. Todo ello la convierte en un referente turístico, atrayendo cada año a miles de visitantes tanto nacionales como internacionales.
 
Este gran flujo turístico representa una excelente oportunidad para alquilar una vivienda con fines vacacionales, aunque antes es importante conocer y cumplir con la normativa vigente. A continuación, te explicamos lo esencial.
 

¿Qué normativa regula el alquiler vacacional en Andalucía?

Gracias al Estatuto de Autonomía, cada comunidad autónoma tiene competencias exclusivas en materia de turismo. En Andalucía, la normativa aplicable es el:
Su objetivo es claro: garantizar requisitos mínimos de seguridad, higiene y eficiencia, además de evitar la competencia desleal ante el creciente número de alojamientos. Por tanto, tanto si vas a alquilar en una gran ciudad como Marbella como en un pueblo como Benalmádena, necesitarás la licencia de primera ocupación.
 

¿Vivienda de uso turístico o apartamento turístico?

Aunque en el lenguaje diario puedan parecer lo mismo, legalmente no lo son:
 
•Vivienda de uso turístico: situada en suelo residencial, puede alquilarse entera o por habitaciones, siempre que el propietario también viva en ella y se promocione en plataformas turísticas.
 
•Apartamento turístico: conjunto de unidades de alojamiento destinadas exclusivamente al alquiler turístico, como villas, bungalós o chalés. Se considera actividad profesional o empresarial, por lo que la administración ejerce un control más estricto.
 

¿Qué necesito para alquilar legalmente?

Para viviendas con fines turísticos:
 
1.Obtener la licencia de primera ocupación.
 
2.Presentar una declaración responsable en la Consejería de Turismo, con:
•Datos de la vivienda (referencia catastral y capacidad).
•Datos del propietario y dirección de contacto.
•Datos del representante o entidad explotadora, si aplica.
 
3.Inscribir la vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía.
 
4.Mostrar el código de registro en todas las promociones del inmueble.
 
Para apartamentos turísticos:
 
Además de lo anterior, se requiere una licencia de actividad, al tratarse de una actividad comercial.
 
 
Requisitos obligatorios para viviendas vacacionales:
 
•Ventilación directa en habitaciones y sistema de oscurecimiento.
 
•Mobiliario y equipamiento básico.
 
•Climatización para invierno y verano.
 
•Botiquín de primeros auxilios.
 
•Hojas de Quejas y Reclamaciones visibles dentro de la vivienda.
 
•Número de contacto disponible para los inquilinos.
 
•Información clara sobre las normas internas del inmueble y de la comunidad.
 

Pasos para alquilar apartamentos turísticos en Andalucía

Al tratarse de una actividad comercial, los apartamentos turísticos necesitarán disponer de una licencia de actividad, además de la licencia de primera ocupación que certifica que se cumplen los requisitos básicos para entrar a vivir. El resto de pasos es igual que en las viviendas de uso turístico.

Requisitos que deben cumplir las viviendas vacacionales en Andalucía

Además de la licencia de primera ocupación, las viviendas también deberán cumplir una serie de exigencias previstas en la normativa.

  • Ventilación directa en las habitaciones y disponer de algún sistema de oscurecimiento de las ventanas.
  • Estar lo suficientemente amuebladas y contar con lo necesario para cubrir las necesidades inmediatas de los inquilinos.
  • Estar dotadas de sistemas de climatización tanto en la temporada invernal como estival.
  • Tener un botiquín de primeros auxilios.
  • Disponer de Hojas de Quejas y Reclamaciones a disposición de los usuarios, que se indicará en un cartel colocado dentro de la vivienda.

El propietario deberá, además, proporcionar un número de contacto válido para resolver cualquier duda o incidencia posible. Asimismo, esta persona deberá informar a los inquilinos de las normas internas de la vivienda y de la comunidad donde se encuentra la misma. También puedes consultar si necesitas una licencia turística para alquilar tu casa en portales inmobiliarios.

Requisitos que deben cumplir los apartamentos turísticos

En el Anexo V del Decreto 28/2016 también se especifican las características que deben reunir los apartamentos turísticos en Andalucía. 

  • Anchura mínima de pasillos, escaleras y techos.
  • Superficie mínima en metros de todas las estancias del alojamiento. 
  • Distancia máxima de 300 metros del aparcamiento a la entrada principal del edificio cuando el garaje no forme parte del mismo. Superada esta distancia, se tendrá que ofrecer aparcamiento gratuito. 

Además, se tendrá que exhibir la placa identificativa del correspondiente apartamento turístico en el exterior del edificio. En caso de trabas resultantes de la normativa urbanística, paisajística o similar, o de la propia comunidad de propietarios, se podrá colocar en el exterior de la puerta de entrada de cada apartamento. Puedes consultar más requisitos en los anexos del citado decreto.

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